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Extranjeros que no se identifiquen serán expulsados del país, según nueva ley aprobada por el Congreso

El Congreso de la República aprobó la Ley N° 32192, que dispone la expulsión inmediata de extranjeros que incumplan con la obligación de identificarse ante las autoridades competentes. Esta medida tiene el objetivo de fortalecer la seguridad nacional y ciudadana, en un contexto donde el aumento de delitos ha generado gran preocupación en la población y las autoridades.

La normativa, publicada recientemente en el diario oficial El Peruano, modifica los artículos 58, 67, 68, 71 y 73 del Decreto Legislativo 1350, también conocido como el Decreto Legislativo de Migraciones, estableciendo nuevas medidas para garantizar el control de la identidad de personas extranjeras en territorio peruano.

El Poder Ejecutivo tiene un plazo máximo de 60 días calendario para adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo 1350 a las modificaciones establecidas en esta ley, garantizando su correcta implementación.

Se reporta colas y demoras en el último días para tramitar el PTP – crédito Paula Elizalde

La ley establece que todos los extranjeros deberán identificarse correctamente ante la Policía Nacional del Perú (PNP) o la Superintendencia Nacional de Migraciones. La identificación podrá realizarse mediante documentos oficiales o, en su ausencia, con medios probatorios alternativos. Si un extranjero carece de documentación válida, el efectivo de la PNP procederá a:

  • Recoger una declaración de identidad, que tendrá carácter constitutivo.
  • Realizar la captura de información biométrica (huellas digitales, reconocimiento facial, entre otros).
  • Estos datos serán incorporados al Registro de Información Migratoria (RIM), administrado por la Superintendencia Nacional de Migraciones. Cabe precisar que este procedimiento no implica la regularización migratoria de la persona.
Se reporta colas y demoras en el último días para tramitar el PTP – crédito Paula Elizalde

Los extranjeros serán sancionados con la expulsión inmediata si incurren en los siguientes supuestos:

  • Negarse a identificarse o a facilitar su identificación ante la autoridad competente.
  • Realizar actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
  • Encontrarse en situación migratoria irregular, es decir, haber ingresado al país sin cumplir con el debido control migratorio conforme a la normativa vigente.

La ley establece un procedimiento administrativo sancionador especial, cuya duración no puede exceder las 24 horas, contadas a partir de la retención administrativa del ciudadano extranjero. Esto busca asegurar la celeridad y eficacia en la aplicación de las expulsiones.

Asimismo, reafirma la importancia del certificado de movimiento migratorio, documento público que registra los ingresos y salidas de peruanos y extranjeros del territorio nacional. Este certificado puede ser solicitado por cualquier persona mayor de edad que cuente con un documento de identidad válido.

Congresista de Avanza País se opone a retiro CTS. Foto: captura Infobae/Congreso

El debate sobre la expulsión de extranjeros por incumplimiento de identificación no es nuevo. En agosto de este año, la congresista Diana Gonzales Delgado (Avanza País) presentó el proyecto de ley 8530/2024-CR, que sirvió de antecedente a la aprobación de la actual normativa. En dicho proyecto, Gonzales Delgado alertó sobre un vacío en la legislación vigente, que permitía que extranjeros involucrados en actos delictivos evadieran el proceso de expulsión al negarse a identificarse o a facilitar información biométrica.

La legisladora señaló que la migración irregular, aunque no es la única causa de la inseguridad ciudadana, representa un factor que debe ser abordado con urgencia. Asimismo, hizo hincapié en que, durante años, el ingreso de extranjeros al Perú no contó con requisitos rigurosos, limitándose en muchos casos a una declaración jurada de no poseer antecedentes penales o judiciales. Además, mencionó que existe un número significativo de migrantes que no registraron su ingreso a través de los controles fronterizos oficiales.

La aprobación de la Ley N° 32192 responde a una necesidad urgente de controlar la migración irregular y reforzar la seguridad ciudadana. Al exigir la identificación obligatoria de extranjeros y establecer la expulsión como sanción para aquellos que no cumplan con esta obligación, las autoridades buscan:

  • Facilitar la identificación de personas extranjeras en situaciones de riesgo o sospechosas.
  • Prevenir que individuos sin documentación válida puedan evadir los controles y procesos sancionadores.
  • Reducir la incidencia de delitos cometidos por personas en situación migratoria irregular.
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