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Censura previa: qué dijeron los juristas sobre la prohibición de difundir los audios de Karina Milei

“Censura previa”. Esa fue la coincidencia de reconocidos juristas al pronunciarse sobre la medida cautelar otorgada por el juez federal Alejandro Maraniello tras una presentación del gobierno de Javier Milei para que se prohíba la difusión pública de los audios atribuidos a Karina Milei.

Audios de Karina Milei: exjuez de la Corte dijo que sintió «vergüenza ajena» por el fallo del juez Maraniello

Juan Carlos Maqueda

El exjuez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Juan Carlos Maqueda, contó que le “dio vergüenza ajena que un juez halla fallado así”.

“Aquí estamos ante un hecho muy evidente de censura previa, donde no se justifica desde ningún punto de vista este tipo de fallo”, agregó en declaraciones a Modo Fontevecchia.

“La censura previa está prohibida en la Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales, en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y realmente no se justifica en sí mismo”, sostuvo Maqueda.

Andrés Gil Domínguez

Estamos ante un típico caso de censura previa judicial, que está prohibido como todo tipo de censura previa, directa o indirecta, por la Constitución y por los tratados sobre derechos humanos”, aseguró el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.

“Cualquier persona, cualquier periodista que cuente con esos estos audios en su poder, los podría hoy tranquilamente difundir sin ningún tipo de consecuencias jurídicas” , expresó en declaraciones con Splendid AM 990 difundidas por NA.

Diego Armesto

El abogado constitucionalista Diego Armesto afirmó que “esto es un caso típico y lineal de censura previa”.

“La prensa es libre, dice nuestra Constitución y puede publicar libremente sin ninguna censura previa”, citó el letrado, quien recordó el caso Artear y Mauricio Borensztein (Tato Bores), donde “la Corte interpreta el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y dice que cuando está en juego el honor, la privacidad, el honor, el buen nombre, la responsabilidad es ulterior”.

Ricardo Gil Lavedra

Es un acto de censura previa. Nada más”, escribió el exministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra, en su cuenta de la red social “X”.

Pedro Caminos

El abogado constitucionalista Pedro Caminos señaló que “por muy delimitado que esté” el fallo del juez Maraniello “no deja de ser censura previa”.

Además aclaró en declaraciones a Radio Del Plata que esa sentencia tiene “un alcance gigantesco” porque “es para persona indeterminada”.

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Daniel Sabsay

El abogado constitucionalista Daniel Sabsay dijo a Radio 10 que el fallo es “lamentable” porque “pone de manifiesto un desconocimiento total de derecho”.

“Viola un principio tanto general tanto en materia constitucional como en materia convencional que es la posibilidad de expresar las ideas sin censura previa. Nada menos que la base de la democracia”, explicó.

“Cada vez se pone más de manifiesto que han habido hechos graves de corrupción. Con esto lo que se quiere es taparlos”, concluyó Sabsay.

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