Un grupo de cámaras empresarias le pidieron al Gobierno que le haga cambios al proyecto de reforma laboral, entre ellos, la eliminación de artículos que prohiben los aportes obligatorios hacia esas entidades y las paritarias por compañía.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) envió una carta a los senadores, en la que expuso sus observaciones sobre el proyecto de reforma laboral en tratamiento. A esa misiva adhirió la Asociación de Industriales Metalúrgicos (Adimra). Anteriormente, la Cámara de Comercio y Servicios (CAC) había defendido la existencia de esas contribuciones.
En el texto, las entidades plantearon que procuró “un proyecto de modernización de las relaciones laborales” que, a través de su articulado, incluyera herramientas orientadas a “mejorar las relaciones entre las partes” y a asegurar “estabilidad, certezas, previsibilidad y, fundamentalmente, equidad”.
En ese marco, la carta sostuvo que gran parte del capítulo de Derecho Individual cumplió con ese objetivo, pero advirtió que otros artículos “ponen en crisis el objetivo perseguido”. Según la CAME, esas objeciones se concentraron en artículos incorporados al capítulo de Derecho Colectivo, en particular los artículos 126, 128, 130, 131 y 132, cuya eliminación solicitó “de forma imperiosa”.
En relación con el artículo 126, que modificó el artículo 6° de la Ley 14.250, la entidad afirmó que implica “un grave retroceso en el sistema de negociación colectiva”, al limitar la ultraactividad de los convenios vencidos solo a las cláusulas normativas y excluir las obligacionales.
Las normativas son aquellas como salarios, categorías, jornadas, licencias, adicionales, descansos, condiciones de seguridad e higiene o regímenes de vacaciones y las obligacionales otras que conforman «compromisos» entre cámaras y gremios como mecanismos de solución de conflictos, capacitación o aportes y contribuciones.
En la carta, CAME señaló que esa modificación desnaturalizó el convenio colectivo como instrumento integral, “rompe el equilibrio entre las partes” y “debilita la autonomía y la libertad de negociación colectiva», lo que será «generadora de mayor imprevisibilidad y conflictos», mencionaron.
La polémica por los aportes obligatorios
La objeción sobre el artículo 128 es que introduce una restricción unilateral al contenido de la negociación colectiva y establece un trato “inequitativo y discriminatorio”, ya que mantuvo los aportes obligatorios a favor de las organizaciones sindicales pero los prohibe para el sector empresario, lo que, según expresó, generó un “debilitamiento institucional” y pone «en riesgo la representación empresarial a nivel nacional».
La cuestión de los aportes obligatorios ya provocó, en ocasiones anteriores, cruces con el Gobierno nacional. Uno de los funcionarios que hizo una bandera de ese tema fue el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger.
El jefe de esa cartera hizo énfasis en el modelo que lleva adelante tanto CAME como la Cámara de Comercio por el cual financian el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (Inacap). Desde la cámara que conduce Mario Grinman no respondieron consultas de este diario sobre si adhieren al pedido de eliminación de artículos que presentó la CAME.
Tal como explicó Clarín, se trata de un recurso bastante extendido en diversos rubros, como los convenios de comercio, la industria metalúrgica, construcción, entre otros, que se establecen con diferentes propósitos: capacitación, acción social, cultura, turismo y gastos administrativos, son los más habituales.
Desde las cámaras suelen defender el aporte obligatorio. Entre los metalúrgicos explican que la contribución obligatoria es proporcional a la cantidad de empleados que tiene la compañía. «Una pyme del sector paga entre 20 mil o 30 mil pesos», aseguran. «Que se mantengan los aportes para los gremios y se quiten para las empresas rompe el equilibrio de fuerzas y la negociación colectiva ompe el equilibrio de fuerzas y la negociación colectiva», plantearon.
En cuanto a los artículos 130 y 131, la CAME planteó que será contraproducente el cambio sobre paritarias por empresa. El comunicado asegura que eso «elimina la función ordenadora del convenio de actividad». «La aprobación de estos artículos traería aparejado conflictividad jurídica y social», cuestionaron.
Finalmente, respecto del artículo 132, los empresarios reclaman que se le da al Estado un margen de acción grande para convocar a renegociaciones o suspender convenios colectivos, lo que afecta «la autonomía colectiva y generando un escenario de marcada inestabilidad e incertidumbre tanto para empleadores como para trabajadores, creando inseguridad jurídica y consecuente conflictividad».
