InicioEspectáculosDespués de desregular los derechos de autor, ahora el Gobierno avanzó sobre...

Después de desregular los derechos de autor, ahora el Gobierno avanzó sobre los de los intérpretes

Luego de que se autorizara a los artistas a gestionar los derechos de autor sin intermediarios, ahora el Gobierno estableció nuevas reglas para que los intérpretes argentinos y extranjeros, junto con sus derechohabientes, puedan percibir y administrar las retribuciones por la ejecución pública, transmisión o retransmisión de sus interpretaciones fijadas en fonogramas y reproducidas en discos u otros soportes.

La medida fue oficializada a través del Decreto 143/2025, publicado este viernes a la medianoche en el Boletín Oficial con las firmas de Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

Según el Gobierno, resulta «necesario adecuar el régimen de representatividad de los autores directores cinematográficos y de obras audiovisuales, artistas, intérpretes, actores y bailarines, argentinos y extranjeros, y de sus derechohabientes, para percibir y administrar las retribuciones previstas por la Ley Nº 11.723, por cualquier tipo de explotación, utilización, puesta a disposición interactiva o comunicación al público en cualquier forma, de sus obras fijadas en grabaciones u otros soportes audiovisuales».

ese marco, determinó que tendrán la posibilidad de ser representados por sociedades de gestión colectiva que estén autorizadas a convenir con terceros la recaudación, adjudicación y distribución de las retribuciones que perciban, pero también tendrán reservada la chance de «realizar acuerdos particulares con las personas, entes, establecimientos o cualquiera que pretenda explotar sus obras».

La normativa establece, además, que «las sociedades de gestión colectiva que actúan en representación de los titulares de derechos no podrán intervenir en los acuerdos que estos celebren directamente con terceros». De esta forma, se garantiza que los autores mantengan la libertad de gestionar sus obras de manera independiente sin la mediación o el cobro de algún arancel por parte de las entidades que las gestionan.

Según se aclara en el decreto, «los productores de fonogramas argentinos y extranjeros cuya producción sea materia de publicación, utilización o reproducción dentro del territorio nacional podrán optar por ser representados por sociedades de gestión colectiva que se encuentren autorizadas a percibir y administrar, directa o indirectamente, la retribución que les corresponde».

En paralelo, indica que «queda reservado a los productores de fonogramas argentinos y extranjeros el derecho de realizar acuerdos particulares con las personas, entes, establecimientos o cualquiera que pretenda explotar su producción» y que «las sociedades de gestión colectiva autorizadas no podrán limitar la facultad de los titulares de derechos de administrar sus obras en forma individual, intervenir en estos acuerdos ni cobrar por usos que hayan sido su objeto conforme al Decreto N° 138/25».

Asimismo, la normativa establece que las sociedades de gestión colectiva deberán modificar sus estatutos internos para alinearse con las nuevas disposiciones. Este ajuste afectará de manera importante la forma en que las entidades gestionan sus procesos internos, como la recaudación, distribución de fondos y la determinación de tarifas.

En tanto, se fijó que «la retribución que abonen los terceros usuarios a las sociedades de gestión colectiva autorizadas debe ser distribuida a sus legítimos titulares, con arreglo al régimen o sistema de distribución predeterminado en sus propios Estatutos y respetando lo dispuesto por el Decreto N° 138/25”.

Esa normativa, publicada en el Boletín Oficial del jueves, Decreto 138/25, autorizó la creación de nuevas entidades para que los artistas gestionen el cobro por derechos de autor o incluso lo puedan hacer por su cuenta.

En uno de los últimos artículos de la extensa normativa, el Gobierno determinó que «las sociedades como SAGAI, DAC, AADI y CAPIF seguirán siendo las entidades autorizadas para gestionar los derechos de sus miembros y distribuir las retribuciones generadas por el uso de las obras protegidas».

ES

Más noticias
Noticias Relacionadas